EL TRIBUNAL DE PENAS LE DIO POR PERDIDO EL PARTIDO A ATLÉTICO URDAMPILLETA

En la noche del Jueves, el Tribunal de Penas de Olavarría se proclamó a cerca de la situación del partido entre Urdampilleta y Embajadores. El encuentro, que parecía haberse suspendido por las lluvias, no fue tan así. Fue suspendido y dado por ganado al conjunto olavarriense. ¿Las causas? “no hay polqué”.

El fin de semana que debía disputarse la primera fecha de la Unión Deportiva Regional tuvo un encuentro en el cual tardó en decidirse qué día y en qué horario debía disputarse. Esto, debido a la falta de policías por el armado del evento “Me Encanta Bolívar”, pero una vez dado de baja dicho show, todo se iba a acomodar fácilmente. Lo que parecía una suspensión a causas de las lluvias caídas durante esos cuatro días, terminó siendo una suspensión por “falta de efectivos policiales” para llevar adelante ese encuentro.

Todo parece indicar, por lo que Bolívar Futbolero pudo averiguar, que se trata de una situación en la que el “paisa” no tenía la habilitación propiamente dicha por A.PRE.VI.DE, para desarrollar la actividad en la Unión Deportiva Regional. Pero eso no es tan así tampoco. A su vez, la habilitación por parte de la Municipalidad llegó tarde y eso hizo que se retrasara el pedido de efectivos policiales para el cotejo. Durante la mañana del martes, (repetimos) por lo que se pudo averiguar, desde el ente bolivarense le habrían avisado a Atlético que no había policias disponibles y que el partido debía suspenderse. Ésto también, charlado con el delegado del club olavarriense, que debía diagramar la logística del viaje. Además, la lluvia jugó su papel porque el encuentro no iba a jugarse tampoco debido a eso.

Ahora bien, lo que todo parecía ser una simple suspensión por la lluvia y empezar a diagramar la fecha a disputarse, todo empezó a escalar en el Tribunal de Penas, que es el de Olavarría por ser el organizador del certamen. Dicho tribunal pidió documentación y comunicados al conjunto local y a la Liga Deportiva de Bolívar, para dirimir la situación y llegar a un acuerdo en cuanto a la decisión que tomarían para difinir el caso.

En la noche del jueves, el comunicado de parte de la Liga de Fútbol de Olavarría, proveniente del Tribunal de Penas dice lo siguiente: “El encuentro que debía disputarse el pasado 2 de Marzo del corriente año por la 1ra fecha del Torneo de la Unión Deportiva Regional fue suspendido en horas de la mañana de ese día según se informó, a través de comunicaciones telefónicas, ya sea desde el club local – Urdampilleta – con el club visitante – Embajadores – y desde la Liga de Bolívar, el de Sr. Presidente Alberto Tomassini a sus pares de las Ligas de Laprida y Olavarría, por cuestiones organizativas, más precisamente no contar con la cobertura policial correspondiente”, comienza la redacción.

Y sigue: “En virtud de agotar todas las instancias de conocer la verdad de los hechos, este Tribunal de Pensa, le solicitó al club local que por conducto de su Liga procediera a hacer el descargo de lo acontecido, luego de analizar SE RESUELVE: Este tribunal de Penas entiende que esta decisión – la de suspender – no fue tomada por el árbitro porque en este tipo de torneos, dónde los clubes y/o colegiados deben trasladarse hacia otras ciudades sin embargo lo sucedió se encuadra en el ART. 106 inc. N. Por lo tanto, resuelve: Atl. Urdampilleta pierde el partido – Art. 106 Inc. N / ART 33. Resultado que se registra: At. Urdampilleta 0 Embajadores 1 – art. 152”, finaliza el comunicado.

En cuanto al primer artículo que mencionan (el art. 106. Inc N), el mismo redacta que: “Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por algunode los siguientes motivos: INC. N ‘Cuando el árbitro debe suspender el partido por falta de policía imputable al club Local. De demostrase la responsabilidad del club al mismo le será de aplicación la pena de Multa prevista en el art. 109. De reprogramarse el partido, aún ante la falta de responsabilidad del club Local, el mismo deberá correr con los gastos de traslados y estadía de la Delegación visitante, a cuyos efectos deberá invariablemente, esta última, efectuar el pertinente reclamo adjuntando los respectivos comprobantes de gastos dentro de las 48 horas siguientes hábiles al de la fecha en que debió disputarse el encuentro suspendido.”, finaliza. Lo llamativo acá es que el árbitro del encuentro en ningún momento llegó al campo de juego a suspender el partido, de hecho, la suspensión de la jornada se vio efectuada antes de eso.

Además, suman el ART. 33 que dice lo siguiente: “La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.”. Y por consiguiente, se eximen de la pena impuesta en el ART. 109 al club Atlético Urdampilleta. Este artículo expresa lo siguiente: “PERDIDA DE PARTIDO, DEDUCCION DE PUNTOS Y MULTA – Pérdida del partido deduciéndosele los puntos correspondientes a dicho partido más otros tres que se le restarán de la tabla de posiciones del respectivo campeonato oficial al finalizar el mismo y multa de conformidad con lo prescripto en este artículo, al club cuyo equipo no se presente a las órdenes del árbitro dentro del plazo perentorio de quince minutos contados desde la hora oficialmente fijada para la iniciación del partido”. Y sigue: “El Tribunal de Penas podrá eximir de multa al club cuyo equipo no se hubiera presentado a jugar o se hubiera presentado fuera del término reglamentario por causas ajenas a su voluntad, siempre que las mismas sean justificadas en forma satisfactoria a juicio del Tribunal, en cuyo caso solamente descontará tres puntos. Se eximirá de toda pena a los equipos que en día lluvioso y debiendo actuar como preliminar de división superior de club de cualquier categoría decidieran de común acuerdo no hacerlo para no desmejorar el estado del campo de juego”, culmina el mismo.

En definitiva, no termina de ser una decisión que, para el mundo “paisa” sólo le complica la existencia en este tipo de torneos. Ahora bien, yendo al sentido común de la situación, si el partido ya estaba programado para el día Martes y, si en ese caso el mismo iba a suspenderse por las lluvias, ¿En qué modificaría al torneo o al equipo visitante la no participación del mismo en dicho día y sí poder jugarlo en fecha y hora a confirmar? Si, valga la redundancia, el cotejo no iba a poder disputarse por la tormenta y el agua caído en esos días, inclusive en las horas dónde se dispuso a suspender los otros encuentros que se iban a jugar ese mismo día en otros escenarios. Escapando al sentido común y yendo a la rigidez de la situación, el nuevo Tribunal de Penas de la Liga de Fútbol de Olavarría tuvo su primer cortocircuito del año para con los clubes, en este caso, con uno que no milita en su propia Liga. Sumado a esto, no hay una explicación certera, en el acotado comunicado que se viralizó, sobre la situación en particular.

“ES DURO PERDER POR ESCRITORIO EN LA PRIMERA FECHA”

Yonatan Piñel, Coordinador del Fútbol de Urdampilleta, habló con Bolívar Futbolero y mencionó su desazón sobre la situación contada anteriormente.

“Para nosotros es duro perder por escritorio en la primera fecha, distinto es si el torneo está llegando a su fin”, expresó el deroense. Pero agregó: “Los chicos van a dar el cien por ciento en cada partido para revertir esto, no tengo dudas”, sintetizó.

Por consiguiente, manifestó que “Molesta mucho que haya doble intención, hoy tenemos, después de mucho tiempo, entre chicos y chicas 110 jugadores en el club, sin contar los de Primera y Reserva. Si nos ponemos a ver varias canchas del torneo, hay algunas que no podrían estar habilitadas, pero nadie dice nada. Por eso hablo de la doble intención. Pero seguiremos trabajando y creciendo como institución”, expresó Piñel.

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